Por Ana María Sanhueza Octubre 23, 2014

Pasa en  Alemania, Italia o España, donde no existe una Ley Antiterrorista, sino que está contenida como una legislación dentro del Código Penal. Ésa es la ruta que sigue el gobierno para el proyecto de modificación de la ley actual,  creada en 1984 en pleno régimen militar, y que el Ejecutivo está a punto de enviar al Congreso.

Algunos detractores critican que el  proyecto implique la eliminación de la Ley Antiterrorista y le atribuyan a ello un sesgo ideológico y que se transforme en una señal de debilidad. En el gobierno detallan que es al contrario: que los delitos terroristas serán parte del Código Penal, como lo son otros ilícitos de alta intensidad, los más graves, y con penas igualmente altas. Y agregan que ello podría provocar que los jueces, que escasas veces aplican la Ley Antiterrorista,  no tengan más opción que invocar una legislación que es para todos los chilenos, como es el Código Penal, y que no tiene la “estigmatización ni la carga” de la ley actual.

La propuesta de integrar la ley al Código Penal nació de la comisión de penalistas liderada por Juan Pablo Hermosilla, que entregó la semana pasada un informe al ministro del Interior, Rodrigo Peñailillo, quien ya inició una serie de conversaciones con parlamentarios, como los senadores Alberto Espina (RN) y Hernán Larraín (UDI), a fin de tener un texto de “acuerdo transversal”.

La moción de incluir la ley en un sólo cuerpo legal podría tener buena acogida en la oposición, luego que una idea similiar planteó en 2013 el grupo de penalistas que elaboró un proyecto de Código Penal a petición del ex presidente Sebastián Piñera. 

Como sea, en general hay consenso en que la ley actual se tiene que modificar. Sobre todo porque hasta ahora su dificultad mayor ha sido probar en los tribunales que quien o quienes están siendo juzgados hayan tenido la intención de “causar temor en la población o en una parte de ella”. Ese requisito ha sido evaluado por cercanos al proyecto como “muy subjetivo”, sobre todo porque se aproxima al terrorismo desde un punto de vista “sicológico”. Hoy, en cambio, la idea es que los magistrados no tengan una única opción, es decir, que el “probar temor” no sea el único factor para tipificar el delito terrorista.

El proyecto del gobierno planteará la sanción a una asociación criminal terrorista. La diferencia con la ley actual es que ésta no necesariamente debe ser jerarquizada, sino que integraría la visión de los nuevos grupos, que se asocian de distintas formas, incluidas las redes sociales. También perseguirá al “terrorista solitario” sin que tenga que pertenecer a una organización. Y ocupará técnicas de investigación de la ley de drogas: agentes encubiertos, informantes y testigos protegidos, entre otras, las que deben ser visadas por un juez de garantía.

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