Por Jorge Fantuzzi, economista, socio F&K Consultores Diciembre 12, 2013

El tema de los abusos ha sido uno de los asuntos centrales en la campaña presidencial. Una de las aristas que se han tocado en este sentido es la relacionada con la libre competencia, prácticamente obligando a los candidatos a incluir propuestas al respecto en sus programas. Aunque  esas propuestas no han sido parte del debate, hay bastante consenso en las propuestas de ambos comandos, un signo de lo necesarias que resultan esas medidas.

Uno de los temas más complejos que debería resolverse, apenas asuma el nuevo gobierno, es cómo proteger la delación compensada frente a algunos de los cambios que se están proponiendo.

La delación compensada es supuestamente una de las herramientas más eficientes para perseguir carteles. Consiste en que los involucrados en una colusión tienen la posibilidad de autodelatarse, aportando antecedentes para perseguir a los demás involucrados y evitando la imposición de una posible multa. Desde que se instauró,  en 2009, este instrumento ha sido muy poco utilizado en casos que hayan terminado en juicios en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. La principal razón ha sido la persecución penal en el caso de colusión de las farmacias (haciendo uso de una ley que no fue creada para ello). Esto ha hecho que cualquier beneficio en el TDLC -en términos de multa- no sea suficiente, puesto que los ejecutivos de las empresas perciben que de todas maneras podrían terminar en un juicio que finalice con pena de cárcel. ¿Quién querrá usar este mecanismo para evitarse una multa si después puede terminar preso?

En ambos comandos tienen claro que si se reinstaura la pena de cárcel para casos de colusión, se deben tomar ciertos resguardos . Podría ser un “perdonazo” no sólo de la multa, sino también de la persecución penal. En simple, si una empresa se acoge a la delación compensada, no debería pagar multa y, además, sus ejecutivos no deberían terminar presos.

Sin embargo, hay otros desincentivos a la delación compensada que deberían discutirse. Probablemente el más importante es la posibilidad de los afectados de demandar a las empresas coludidas y ser resarcidos por los perjuicios. Esto quiere decir que una empresa que se acoge a la delación compensada puede evitar la multa en el TDLC -a beneficio fiscal-, pero tal vez puede pagar otra -en un juicio posterior-, en beneficio de los afectados. Esto reduce el incentivo a autodelatarse.

Queda la pregunta entonces si es bueno extender el “perdonazo” también a este tipo de multas para hacer más eficaz la delación compensada. La respuesta no es fácil, pues los afectados tienen todo el derecho a recuperar lo que gastaron ilegítimamente producto de una colusión. Ojalá que en la discusión parlamentaria se dé el espacio para que diversos expertos puedan exponer su visión y que con esto, el resultado sea una normativa más eficaz para proteger la libre competencia en nuestra economía.

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