Por Alberto Etchegaray de la C., pdte. de Board Noviembre 7, 2013

Imagínese que usted quiere invertir parte de sus ahorros en acciones y para eso se contacta con una corredora de Bolsa de reputado prestigio. Recibirá su asesoría acerca de la inversión más conveniente a su perfil de riesgo, cobrándole la esperada comisión. Hasta ahí, dirá usted, nada fuera de lo común. Pero considere ahora que la legislación chilena permite a esas corredoras no sólo comprar y vender valores por “cuenta de los clientes” sino también por “cuenta propia”. Es decir, que lo hagan con recursos propios y buscando su propia utilidad. Y resulta entonces que, al enterarse de esta realidad, se enfrenta a la disyuntiva de si será conveniente entregarle sus ahorros a esa corredora.

¿Es razonable que se permita esta doble militancia a las corredoras? Desde un punto de vista de incentivos podría concluirse que sí. Un cliente debiera considerar beneficioso que la corredora participe con sus propios recursos en la misma inversión que está recomendando realizar. La corredora buscará obtener utilidades por sus buenas decisiones de negocio, beneficiando simétricamente la inversión del cliente.  Como diría un economista, los incentivos están completamente alineados.

El problema es que la teoría de la agencia también nos muestra que, complementario al fenómeno anterior, las corredoras que hacen operaciones por “cuenta propia” podrían también tener incentivos desalineados con los de sus clientes, buscando generar utilidades mediante el mecanismo de front running. Se trata básicamente de la conducta irregular de la corredora de beneficiar sus posiciones a costa de las posiciones del cliente. La corredora podría tomar decisiones por cuenta propia de compra (si ven que la orden del cliente va a hacer subir los precios de un valor) o venta (si ven que la orden del cliente va a hacer bajar los precios). Como es evidente, y dadas las obvias asimetrías de información, al cliente le resultaría difícil enterarse de este perjuicio. No es una práctica extendida en Chile, pero puede ocurrir.

Tratando de hacer frente a este riesgo, la SVS acaba de poner en discusión una nueva norma que regulará de manera más exhaustiva los posibles conflictos de interés que pueden afectar a las corredoras. Muy resumidamente, se proponen obligaciones de “cuidado y diligencia” para ellas, debiendo asegurarse de “no  incurrir en situaciones que puedan comprometer intereses y patrimonio de clientes”.

El directorio de la Bolsa de Comercio también ha actuado. Anunció la constitución de un comité ad-hoc destinado a analizar posibles reformas. Pero lo sorprendente es que la Bolsa creó hace años un Comité de Buenas Prácticas, conformado por gente independiente de las corredoras, con reconocido prestigio, y quienes eran los naturalmente llamados a hacer esas recomendaciones. Por alguna razón, el directorio no ha terminado de entregarle a este comité todos los recursos y competencias que, me parece, debería tener. Una oportunidad perdida, considerando que los mercados financieros más sofisticados sí cuentan con autorreguladores empoderados,  complementarios al control gubernamental. La lógica no es más normativa per se, sino velar de mejor manera por la total transparencia y buena conducta del mercado.

La pregunta del millón: ¿existe hoy más inquietud en el mercado respecto de estos  riesgos de conflicto de interés? Evidente. Y mercados desconfiados son mercados menos competitivos. La Bolsa dio una primera señal de que reconoce lo impostergable del problema. Quedamos atentos a sus propuestas.

Relacionados